Centros docentes · menores · privacidad
DPO para centros educativos en Madrid
Delegado de Protección de Datos externo para colegios y centros docentes que necesitan gestionar de forma ordenada los datos de alumnado, familias, profesorado, plataformas educativas, imágenes, videovigilancia y proveedores tecnológicos.
Protección de datos en educación
La privacidad del centro educativo afecta a toda su comunidad
Un colegio o centro docente trata datos de alumnado, menores, progenitores, tutores, personal, candidatos, antiguos alumnos, proveedores y visitantes. A ello se suman plataformas de aprendizaje, servicios cloud, herramientas de comunicación, imágenes, actividades extraescolares, comedor, transporte, orientación, necesidades educativas y dispositivos utilizados en el aula.
La LOPDGDD incluye expresamente a los centros docentes que ofrecen enseñanzas en los niveles establecidos por la legislación educativa, así como a las universidades públicas y privadas, entre las entidades obligadas a designar un Delegado de Protección de Datos.
ARL Abogados ofrece un servicio de DPO para centros educativos en Madrid orientado a convertir esa obligación en un sistema práctico de supervisión, prevención y respuesta.
Educación y entorno digital
Millones de alumnos y una actividad digital prácticamente universal
Alumnado
8.319.029 estudiantes en enseñanzas de régimen general durante el curso 2024-2025.
Menores conectados
Porcentaje de menores de 10 a 15 años que utilizaba Internet en 2025.
Uso de móvil
Porcentaje de menores de 10 a 15 años que utilizaba teléfono móvil.
Funciones del DPO educativo
Qué supervisamos dentro del centro
Alumnado y familias
Matrícula, expedientes, comunicaciones, autorizaciones, imágenes, salud, necesidades educativas, actividades y gestión de derechos.
Plataformas educativas
Google Workspace, Microsoft 365, LMS, videoconferencia, comunicaciones, aplicaciones y proveedores que pueden acceder a datos del alumnado.
Imagen y publicaciones
Web, redes sociales, anuarios, eventos, grabaciones, actividades académicas y criterios para diferenciar tratamiento necesario de usos que requieren consentimiento.
Videovigilancia
Finalidad, ubicación, señalización, acceso a imágenes, conservación, solicitudes y proporcionalidad en las instalaciones.
Brechas e incidencias
Pérdidas de dispositivos, accesos indebidos, correos enviados al destinatario equivocado, cuentas comprometidas o exposición de documentación.
Formación del personal
Protocolos para profesorado, administración, dirección y otros equipos. Consulta también nuestra formación RGPD.
34
Obligación legal
Los centros docentes están expresamente incluidos en la LOPDGDD
El artículo 34.1.b incluye a los centros docentes que ofrezcan enseñanzas en cualquiera de los niveles establecidos en la legislación reguladora del derecho a la educación, así como a las universidades públicas y privadas.
En el caso de academias, empresas de formación u organizaciones que no encajen en ese supuesto concreto, debe analizarse si concurre alguno de los criterios generales del RGPD que obligan a designar DPO o si resulta conveniente una designación voluntaria.
Implantación
Un servicio que acompaña el curso escolar
Inventario
Identificamos tratamientos, aplicaciones, documentación, colectivos y proveedores.
Revisión
Analizamos riesgos, legitimación, conservación, información, accesos y contratos.
Protocolos
Definimos criterios para imágenes, derechos, incidencias, dispositivos, proveedores y comunicaciones.
Seguimiento
El DPO responde consultas y revisa nuevas herramientas, proyectos y cambios durante el curso.
Menores y tecnología
La digitalización del aula amplía el perímetro de privacidad
El DPO debe poder revisar no solo formularios y documentos, sino también el ecosistema digital del centro: plataformas educativas, dispositivos, cuentas corporativas, aplicaciones de terceros, sistemas de control de acceso, herramientas de IA y comunicaciones con las familias.
- Aplicaciones y plataformas utilizadas por profesores y alumnos.
- Datos tratados por proveedores tecnológicos.
- Creación y baja de cuentas educativas.
- Uso de imágenes, audio y vídeo.
- Datos de salud y necesidades educativas.
- Gestión de dispositivos y accesos.
Fuentes oficiales
Normativa y cifras del sector educativo
Regula expresamente la designación del DPO en centros docentes y universidades.
Ver BOEDatos y cifras oficiales del alumnado y del sistema educativo español.
Ver estadísticasIndicadores sobre uso de Internet y dispositivos por menores de 10 a 15 años.
Ver encuesta TICPreguntas frecuentes
FAQ sobre DPO para centros educativos
¿Los colegios están obligados a tener DPO?
La LOPDGDD establece la designación obligatoria para los centros docentes que ofrecen enseñanzas en los niveles establecidos en la legislación educativa, así como para universidades públicas y privadas.
¿Un colegio puede contratar un DPO externo?
Sí. El RGPD permite que las funciones del DPO se desarrollen mediante un contrato de servicios. La externalización puede facilitar el acceso a especialización jurídica y una supervisión independiente.
¿El DPO debe revisar las aplicaciones educativas?
Debe poder asesorar y supervisar los tratamientos asociados. Conviene revisar finalidad, datos recogidos, proveedor, contrato, accesos, conservación, transferencias y configuración antes de incorporar nuevas herramientas.
¿Qué ocurre con fotografías y vídeos del alumnado?
El tratamiento debe analizarse según la finalidad concreta. No todos los usos responden a la misma base jurídica. Publicar fotografías en redes o materiales promocionales no es equivalente a utilizar una imagen para una finalidad académica necesaria.
¿Puede intervenir ante reclamaciones de familias?
Sí. El DPO actúa como punto de contacto en materia de protección de datos y puede intervenir en la gestión de solicitudes o reclamaciones antes o durante la actuación de la autoridad de control.
¿ARL puede prestar el servicio durante todo el curso?
Sí. El servicio puede estructurarse de forma continuada para atender consultas, cambios de herramientas, incidencias, nuevos tratamientos, formación y seguimiento documental.
ARL Abogados Madrid
Un DPO accesible para dirección, profesorado y administración
Cuéntanos qué tipo de centro gestionas y qué sistemas utilizáis. Podemos valorar el alcance del servicio y las necesidades prioritarias.